Las Sucesiones son los procesos más frecuentes y por los que se recibe mayor número de consultas a diario.
El Código Procesal, Civil y Comercial de la Provincia de La Rioja, establece un solo trámite para el Juicio Sucesorio, sea este testamentario o ab-intestato, es decir con o sin testamento.
Con esta unificación, se debería presentar el testamento y comparecer los que se consideren herederos en virtud del vínculo de familia. Pero si no existe un testamento, igual se debe hacer la presentación y comparecer. Luego, el Juez establecerá el derecho de cada uno de los eventuales herederos.
El trámite pasa por diferentes etapas: iniciación, apertura, declaratoria de herederos, inventario, avalúo, partición y entrega de los bienes.
El término para la publicación de los edictos y para que comparezcan los interesados se ha reducido con el fin de abreviar el trámite.
Luego de dictada la Declaratoria de Herederos, se lleva a cabo una Audiencia para acordar detalles posteriores, como la designación de Administrador y Perito.
Se ha establecido que sea uno solo el Perito Inventariador, Valuador y Partidor para que este paso sea rápido y eficaz, y este debe ser un Abogado
Es muy importante que las Sucesiones se realicen con la mayor prontitud pues se evita asi, que los bienes permanezcan indivisos, con todas las dificultades que esto acarrea a la hora de realizar una transacción con ellos.
Para iniciar un Juicio Sucesorio, Ud. debe presentar copias del documento del causante y del acta de defunción. Copias de actas de nacimiento de los hijos y de los documentos. Copia de acta de matrimonio o convivencia y de documento del cónyuge.
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